Sampling y degustaciones en la calle: qué permisos necesitas
Un sampling necesita ocupación de la vía pública, que la ciudad permita entregar producto y, si hay alimentos, cumplir la normativa sanitaria; en Madrid, el reparto de productos publicitarios está prohibido.
Un sampling o una degustación en la calle suele necesitar tres cosas a la vez: la autorización de ocupación de la vía pública para el punto donde te colocas, que la ciudad permita entregar producto a los peatones y, si hay alimentos o bebida, cumplir y declarar la normativa sanitaria. La primera es la que todo el mundo prevé. La segunda es la que más denegaciones provoca, porque varias ordenanzas tratan las muestras igual que los folletos.
La muestra es publicidad: el caso de Madrid
La Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior de Madrid prohíbe expresamente «el reparto o entrega en vía pública de folletos, anuncios, pegatinas o cualquier otra clase de producto publicitario» (art. 2.1.c). En mayo de 2026, la Junta Municipal del Distrito de Centro nos denegó una acción de muestreo de una marca de gran consumo invocando precisamente ese artículo. No fue un defecto de documentación: fue el concepto.
La lección que sacamos: en Madrid el reparto es el punto débil del expediente. Funciona mejor plantear la acción como una experiencia en un punto fijo, sin captación activa de peatones, eligiendo bien el distrito y presentando con margen para poder replantearla.
Qué dicen otras ciudades sobre repartir muestras
| Ciudad | Regla para muestras u objetos |
|---|---|
| Madrid | Prohibida la entrega de cualquier producto publicitario en la vía pública (art. 2.1.c ORPE). |
| Santander | El reparto de propaganda, muestras u objetos solo se autoriza delante del local que se anuncia (arts. 57 y 58); el art. 57 incluye expresamente las muestras de producto. |
| Zaragoza | El reparto manual de octavillas, objetos o muestras solo es autorizable delante del local cuya actividad se anuncia (art. 35.3). |
| Vigo | Se permite el reparto de muestras y objetos a menos de 100 m de la actividad o local anunciado, con aval o fianza para la limpieza (art. 5.2). |
| Barcelona | Publicidad manual a menos de 100 m de la actividad o local, a más de 50 m de accesos al transporte público, con fianza y material reciclable (art. 84.1.a OUPU). |
| A Coruña | El reparto de publicidad, incluidos envases de productos, requiere autorización; 19,74 € por persona de reparto y día (trámite de reparto). |
Fíjate en el patrón: «delante del local» o «a menos de 100 m». Si la marca no tiene un local en esa calle, en Santander y Zaragoza el reparto de muestras es difícil de encajar. El reparto de folletos tiene su propio artículo: permiso para repartir publicidad. En Santander, tras una denegación en junio de 2026, lo único que se aceptó fue un reparto en mano de tres personas, sin instalación y asociado al comercio frente al que se hacía.
Requisitos sanitarios si hay comida o bebida
Cuando la muestra es un alimento o una bebida, la documentación crece. Lo que hemos visto en fichas y ordenanzas:
- Málaga: el trámite de actividades ocasionales pide una declaración jurada de conocimiento y cumplimiento de las normas sanitarias cuando procede, además de los modelos de seguro, prevención de riesgos y limpieza.
- Valencia: anexo de declaración responsable de consumo de alimentos si se cocinan o consumen alimentos (VP.PU.10).
- Córdoba: Anexo II de la declaración responsable si se manipulan alimentos.
- Tarragona: declaración responsable sanitaria si hay venta de alimentos.
La declaración no sustituye a cumplir: si el producto necesita frío, manipulación o control de alérgenos, la memoria tiene que explicar cómo se hace en el punto. Lo que se declara es lo que el inspector puede comprobar.
Degustación sin venta, con venta y tasas
Algunas ordenanzas fiscales distinguen si hay venta. En Gijón, la ocupación para actividades publicitarias o promocionales sin venta paga 70 € por día y la que lleva venta, 84 € por día (libro de ordenanzas 2026). En Sevilla, el epígrafe de muestras o actos para dar a conocer productos comerciales paga 2,72 €/m² y día, con un mínimo de 57,10 € por licencia. Si vas a vender, dilo: una promoción que luego vende sin haberlo declarado se sale de la autorización.
Cómo plantear un sampling en punto fijo
Con nuestra experiencia en Madrid y Barcelona, el planteamiento que mejor encaja es este:
- Un punto fijo pequeño, autoportante, sin sonido ni luz. En Barcelona propusimos un mini-stand de 1 m² con el personal atendiendo solo a quien se acerca.
- Sin captación activa: el personal no aborda a los peatones ni sale a buscarlos. Palma, por ejemplo, prohíbe abordar a los viandantes en su ordenanza de publicidad dinámica.
- Producto sobre mobiliario, nunca en el suelo, y el personal junto al punto. Alicante lo exige así en su ordenanza de 2026 (art. 81), además de 50 m de separación entre puntos de promoción similar.
- Plan de limpieza con papeleras y recogida de envases. Málaga nos pidió un compromiso de limpieza en el requerimiento; en muchas ciudades anunciante y repartidor responden juntos de la suciedad.
- Horario acotado y cantidades realistas de producto.
El stand en sí sigue las reglas de cualquier ocupación: paso libre, plano acotado, sin anclajes. Lo tienes en permiso para stand o photocall, y el seguro en seguro de responsabilidad civil.
Errores típicos
- Presentar un «stand informativo» y repartir muestras. Lo que no está autorizado no está cubierto: en Málaga, por ejemplo, la Policía Local puede suspender una actividad sin autorización (art. 16.5 de la ordenanza).
- No describir lo que se entrega. Valencia, Sevilla y A Coruña piden adjuntar el material que se va a repartir; con muestras, describe el producto, el formato y las cantidades.
- Olvidar los envases: son residuos en la vía pública y alguien tiene que recogerlos.
- Pedir el mismo formato en todas las ciudades. Lo que encaja en Vigo o Barcelona con un local cerca puede no encajar en Madrid.
Si estás preparando un sampling o una degustación, cuéntanos qué producto es, si hay alimentos, cuántas unidades y en qué ciudades. Te decimos dónde el reparto tiene encaje y cómo replantearlo donde no. La decisión es municipal y no podemos garantizarla, pero sí presentar el expediente completo (servicios).
Preguntas frecuentes
¿Se pueden repartir muestras gratis en la calle?
Depende de la ciudad. En Madrid está prohibido entregar cualquier producto publicitario en la vía pública; en Santander y Zaragoza solo delante del local que se anuncia; en Vigo y Barcelona, a menos de 100 m de la actividad o local.
¿Qué papeles piden para una degustación de alimentos en la calle?
Además de la ocupación y el seguro, suelen pedir una declaración sanitaria: Málaga pide declaración de conocimiento y cumplimiento de las normas sanitarias y Valencia un anexo de consumo de alimentos.
¿Cómo plantear un sampling en Madrid?
Como una experiencia en punto fijo, sin captación activa de peatones, eligiendo bien el distrito y con margen para replantear. La Junta de Centro nos denegó un muestreo en 2026 por el art. 2.1.c de la ordenanza de publicidad.
¿Cuánto cuesta el permiso de una degustación?
Depende de la ordenanza fiscal. En Gijón, 70 € al día sin venta y 84 € con venta; en Sevilla, 2,72 €/m² y día con un mínimo de 57,10 €.
¿Tienes una acción que necesita permiso?
Cuéntanos formato, ciudad y fechas y te decimos qué hace falta, cuánto tarda y si es autorizable.
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