Ocupación de vía pública en Santander para acciones promocionales
Qué hay que pedir en Santander para montar un stand o un photocall, hacer sampling o repartir publicidad en la calle: quién lo autoriza, con cuánta antelación, qué tasa se paga y qué dice la normativa local. Datos sacados de la sede electrónica y de las ordenanzas del Ayuntamiento y de nuestros propios expedientes.
Esta página trata de acciones de marketing y eventos en la calle. Si necesitas ocupar la vía pública con un contenedor, un andamio o una mudanza, el trámite suele ser otro: búscalo en la sede del Ayuntamiento de Santander.
El trámite en Santander, de un vistazo
| Quién lo autoriza | Policía Local, Oficina Municipal de Tráfico (OMT), C/ Castilla 32. La licencia de uso común especial la resuelve el Servicio de Licencias y Autorizaciones. |
|---|---|
| Trámite | Solicitud de ocupación o reserva de la vía pública |
| Antelación | La ficha y el impreso no fijan plazo; en la práctica, 10 días. |
| Ordenanza de ocupación | No hay una ordenanza específica de ocupación para actividades. El trámite es genérico: obras, mudanzas, repartos y, entre «otros motivos», la «Realización de Actos». |
| Ordenanza de publicidad | Ordenanza Municipal sobre Instalaciones y Actividades Publicitarias |
| Tasa | Ordenanza Fiscal nº 9-T (texto de 2025, en vigor desde el 3 de mayo), epígrafe c): vehículos publicitarios, 3,04 €/m²/día; carpas de exposiciones, ventas de objetos y casetas, 1,07 €/m²/día; cualquier otra venta, 3,04 €/m²/día. Las acciones publicitarias patrocinadas por el Ayuntamiento también pagan la tasa. |
| Contacto del servicio | Policía Local, OMT: C/ Castilla nº 32, 39071 Santander. Tel. 942 200 615, fax 942 200 770. |
¿Se puede repartir publicidad en la calle en Santander?
Muy limitado. El reparto gratuito de propaganda, octavillas o muestras de producto (sampling) «sólo se autorizará para que se efectúe delante del local que se anuncia», que responde de la limpieza y puede tener que dejar aval o fianza (arts. 57 y 58 de la Ordenanza sobre Instalaciones y Actividades Publicitarias). En la práctica se deniegan las campañas de calle por toda la ciudad y solo se tolera el reparto en mano, sin instalación, ligado a un comercio.
Documentación que suelen pedir
- Impreso «Solicitud de ocupación o reserva de vía pública» (Policía Local), con calle, tipo de actividad, fechas, horario y motivo
- Croquis preciso de la zona que se va a ocupar
- Certificado del seguro de responsabilidad civil (si es preceptivo)
- Licencia de obras y acreditación de falta de espacio (solo si la ocupación es por obras)
Particularidades de Santander
- La licencia de uso común especial es un acto de tolerancia discrecional.
- La OMT puede denegar «por razones de seguridad, fluidez de la circulación o por cualquier otra causa que, racionalmente valorada, así lo aconseje».
- La publicidad en vehículos que circulan o están aparcados está prohibida con carácter general, salvo los rótulos de la propia empresa (art. 52 de la Ordenanza de Publicidad).
- En papel se presenta en el cuartel de la Policía Local (C/ Castilla 32); en línea, con Cl@ve o certificado digital.
- Se sanciona poner octavillas en los parabrisas sin autorización.
Lo que hemos visto en Santander
En Santander la solicitud la registra Policía Local, pero la resolución la firmó el Servicio de Licencias y Autorizaciones. En junio de 2026 denegó una campaña promocional en las calles de la ciudad recordando que la licencia de uso común especial es un acto de tolerancia discrecional del Ayuntamiento.
Tras hablar con el Ayuntamiento, se aceptó una versión mínima: tres personas repartiendo en mano, sin venta, sin ningún elemento que ocupe la acera y asociada al comercio frente al que se hacía. Si tu acción en Santander lleva instalación, cuenta con que la negociación forma parte del trámite.
Cómo lo preparamos
Antes de presentar nada comprobamos si la acción encaja en la normativa de Santander: tipo de ocupación, superficie, paso libre para peatones, horario, sonido y si hay reparto. Después redactamos la memoria, dibujamos el plano de emplazamiento acotado sobre la calle real, reunimos el seguro y la representación de tu cliente, y lo presentamos por la sede electrónica. Si el Ayuntamiento pide más documentación, la preparamos y la aportamos dentro de plazo.
Más contexto en nuestras guías: qué es el permiso de ocupación de vía pública, cuánto cuesta y cuándo se puede repartir publicidad en la calle.
Preguntas frecuentes sobre Santander
¿Quién da el permiso para una acción promocional en la calle en Santander?
Policía Local, Oficina Municipal de Tráfico (OMT), C/ Castilla 32. La licencia de uso común especial la resuelve el Servicio de Licencias y Autorizaciones. El trámite se llama «Solicitud de ocupación o reserva de la vía pública».
¿Con cuánta antelación hay que pedirlo en Santander?
La ficha y el impreso no fijan plazo; en la práctica, 10 días. Nosotros recomendamos presentar con más margen: si llega un requerimiento, hay que contestarlo antes del evento.
¿Se puede repartir publicidad en la calle en Santander?
Muy limitado. El reparto gratuito de propaganda, octavillas o muestras de producto (sampling) «sólo se autorizará para que se efectúe delante del local que se anuncia», que responde de la limpieza y puede tener que dejar aval o fianza (arts. 57 y 58 de la Ordenanza sobre Instalaciones y Actividades Publicitarias). En la práctica se deniegan las campañas de calle por toda la ciudad y solo se tolera el reparto en mano, sin instalación, ligado a un comercio.
¿Cuánto cuesta la tasa de ocupación de vía pública en Santander?
Ordenanza Fiscal nº 9-T (texto de 2025, en vigor desde el 3 de mayo), epígrafe c): vehículos publicitarios, 3,04 €/m²/día; carpas de exposiciones, ventas de objetos y casetas, 1,07 €/m²/día; cualquier otra venta, 3,04 €/m²/día. Las acciones publicitarias patrocinadas por el Ayuntamiento también pagan la tasa.
¿Os encargáis de todo el expediente en Santander?
Sí: estudiamos si la acción es autorizable en Santander, preparamos memoria, planos acotados y la documentación que pida el Ayuntamiento, lo presentamos en representación de tu cliente y contestamos los requerimientos hasta la resolución. La decisión final es siempre municipal.
Fuentes oficiales consultadas
- sede.santander.es · https://sede.santander.es/tramites/solicitud-ocupacion-o-reserva-publica
- sede.santander.es · https://sede.santander.es/system/files/solicitud_ocupacion_via_publica_interactiva.pdf
- santander.es · https://www.santander.es/sites/default/files/7911104.PDF
- santander.es · https://www.santander.es/content/ordenanza-fiscal-09-t-tasa-por-utilizacion-privativa-o-po…
- santander.es · https://www.santander.es/system/files/1-9-t_2025_tasa_dominio_publico_vigor_3_mayo.pdf
- boc.cantabria.es · https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=118024
Revisado el 28 de septiembre de 2026. Las ordenanzas cambian: si ves algo desactualizado, escríbenos.
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