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Ocupación de la vía pública en Madrid y Barcelona para street marketing

Publicado el · Actualizado el · Street Marketing by õhBranding

En las dos ciudades decide el distrito y el silencio es negativo; Madrid prohíbe el reparto y tiene una tasa muy alta en las calles con más audiencia, y algunos distritos de Barcelona no autorizan promociones comerciales.

Madrid y Barcelona se parecen en lo esencial: en las dos la ocupación de la vía pública para una acción de marca la decide el distrito, no un servicio central, y en las dos el silencio es negativo. Donde se separan es en el reparto (en Madrid está prohibido, en Barcelona se admite con condiciones), en la tasa (en Madrid puede ser muy alta en las calles con más audiencia) y en la actitud de algunos distritos del centro de Barcelona, que directamente no autorizan promociones comerciales. En 2026 nos denegaron expedientes en las dos ciudades, y de ahí sale casi todo lo que sigue.

Comparativa rápida

MadridBarcelona
Quién decideJunta Municipal del Distrito del emplazamientoEl Districte, a través de su área de llicències d'activitats a la via pública
TrámiteAutorización de actos en vía públicaLlicència per a espectacles públics i activitats a la via pública
AntelaciónSin plazo general; un mes si hay instalación sujeta a espectáculos, ruido por encima de límites o Plan de MovilidadUn mes como mínimo y dos para actividades extraordinarias (criterios de Les Corts); cada distrito publica los suyos
SilencioNegativoNegativo
Reparto en manoProhibido: art. 2.1.c de la Ordenanza de Publicidad ExteriorPermitido con condiciones: art. 84.1.a de la ordenanza de paisaje urbano (OUPU)
Sonido, lucesProhibidos los medios publicitarios sonoros (art. 2.3)Prohibido comunicar publicidad con proyecciones, luces o sonidos (art. 84.2 OUPU)
TasaDos: ocupación del dominio público y tasa de Acciones Publicitarias EspecialesOrdenanza fiscal 3.10, por m² y día con factor de calle
Nuestra experiencia 2026Denegado un muestreo en la JMD CentroDenegada una acción en l'Eixample

Quién decide: Juntas de Distrito frente a Districtes

En Madrid, la ficha de la sede dice que el distrito autoriza los actos en vía pública «de carácter artístico, recreativo, cultural, religioso, deportivo, promocional, institucional, comercial o similar». Cada Junta tiene su criterio, y la solicitud va a la del emplazamiento. Si el sitio está en la frontera de dos distritos, comprueba bien a cuál pertenece.

En Barcelona la diferencia entre distritos es aún mayor. Ciutat Vella no autoriza actos comerciales o empresariales («promocions, llançament de productes, aniversaris» de empresas con ánimo de lucro) y los deriva a espacios alternativos, según sus criterios publicados. En julio de 2025 endureció además los actos en espacios emblemáticos, con un objetivo de 25 al año en el passeig de Lluís Companys frente a 67 en 2024. Y deniega la licencia a quien tenga deudas tributarias locales. L'Eixample nos denegó en mayo de 2026 y nos confirmó que no autoriza acciones promocionales en su ámbito, ni siquiera reformuladas.

El reparto: la gran diferencia

Madrid lo prohíbe sin matices: el art. 2.1.c de la Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior veta el reparto o entrega en vía pública de folletos, anuncios, pegatinas «o cualquier otra clase de producto publicitario». Con ese artículo la Junta de Centro nos denegó en mayo de 2026 un muestreo de una marca de gran consumo.

Barcelona lo permite como «publicitat manual», con tres condiciones del art. 84.1.a de la OUPU: hacerlo a menos de 100 m de la actividad o del local anunciado y a más de 50 m de cualquier acceso al transporte público; dejar aval o fianza para la limpieza; y usar material reciclado o reciclable con leyenda de recogida selectiva. Además, la ordenanza de uso de las vías prohíbe esparcir octavillas y trata la publicidad dinámica como uso común especial que necesita licencia. Si la marca no tiene local cerca, el reparto en Barcelona también se complica. Para más detalle sobre muestras, mira sampling y degustaciones.

Tasa de ocupación de la vía pública: Madrid frente a Barcelona

Madrid

Hay dos tasas. El órgano que autoriza liquida la de utilización privativa del dominio público, y la empresa autoliquida la de Acciones Publicitarias Especiales, que menciona expresamente el «street marketing». Esta segunda es la cara: cuota = tarifa diaria de la categoría de la vía × días × coeficiente de superficie. Según las instrucciones publicadas, la tarifa va de 7.260,06 €/día en 1.ª categoría a 1.100,06 €/día en 15.ª; el coeficiente es 1 hasta 100 m². Montaje y desmontaje cuentan, y una fracción de día cuenta como día entero. Plaza de Callao es 1.ª categoría; Gran Vía, 5.ª; Puerta del Sol, 11.ª; Preciados, 14.ª. Tres días en una calle de 1.ª categoría con menos de 100 m² saldrían, con esas tarifas, por 21.780,18 €. Las instrucciones no llevan fecha: confirma la tarifa vigente antes de presupuestar.

Barcelona

La ordenanza fiscal 3.10 no tiene un epígrafe propio para promociones. Su fórmula general es: 0,4966 € × m² × días × factor de calle × factor de clase. El factor de calle va de 5,00 (categoría A) a 1,00 (E, F y Z), la superficie mínima es de 2 m² y el factor de clase vale 2,00 para «altres ocupacions no especificades». Un stand de 10 m² durante tres días en una calle de categoría A, con factor de clase 2,00, saldría por unos 148,98 €. Es una estimación: el distrito liquida según el epígrafe que considere aplicable.

Las tasas de otras ciudades las tienes en tasas de acciones publicitarias por ciudad. La diferencia de órdenes de magnitud es real, pero en Barcelona el problema rara vez es la tasa: es conseguir que el distrito admita la acción.

Cómo replantear tras una denegación

En Madrid, lo que mejor funciona es convertir la acción en una experiencia en un punto fijo, sin reparto ni captación activa de peatones, elegir bien el distrito y presentar con margen para poder reformular si llega una negativa. Si la acción puede hacerse en un espacio privado visible desde la calle, Madrid tiene un trámite distinto: «Acciones y eventos de publicidad exterior en espacios de titularidad y uso privado».

En Barcelona, primero el distrito y después la calle. Tras la negativa de l'Eixample, planteamos cambiar de distrito y reducir la acción a un mini-stand de 1 m², autoportante, sin sonido ni luz, con el personal atendiendo solo a quien se acerca.

En las dos ciudades, una denegación debe estar motivada (art. 35 de la Ley 39/2015) y cabe recurso de reposición en un mes. Pero en la práctica, con fechas de campaña, replantear suele ser más útil que recurrir.

Errores típicos

  • Presentar la misma acción en Madrid y Barcelona con la misma memoria. El reparto que en Barcelona puede tener encaje, en Madrid la tumba.
  • Elegir Ciutat Vella o l'Eixample para una promoción comercial.
  • Presupuestar Madrid sin la tasa de Acciones Publicitarias Especiales.
  • Poner música o luces: las dos ciudades lo prohíben como medio publicitario.

Para el diseño del stand, mira permiso para stand o photocall; para otros formatos, ejemplos de street marketing.

Si tienes una acción en Madrid, en Barcelona o en las dos, cuéntanos ubicación, fechas y formato. Te decimos qué distrito encaja mejor y qué partes de la acción conviene ajustar antes de presentar. La decisión es del distrito; nosotros preparamos y presentamos el expediente (servicios).

Preguntas frecuentes

¿Quién da el permiso de ocupación de vía pública en Madrid?

La Junta Municipal del Distrito donde está el emplazamiento, mediante el trámite de autorización de actos en vía pública. Cada Junta tiene su criterio y el silencio es negativo.

¿Cuánto cuesta la tasa de ocupación de vía pública en Madrid para una acción publicitaria?

Además de la tasa de ocupación, se autoliquida la tasa de Acciones Publicitarias Especiales: según las instrucciones publicadas, de 7.260,06 €/día en 1.ª categoría a 1.100,06 €/día en 15.ª, contando montaje y desmontaje. Conviene confirmar la tarifa vigente.

¿Se puede hacer una acción promocional en Ciutat Vella?

Ciutat Vella no autoriza actos comerciales o empresariales de empresas con ánimo de lucro y los deriva a espacios alternativos. L'Eixample nos confirmó en 2026 que tampoco autoriza acciones promocionales.

¿Se puede repartir publicidad en la calle en Madrid y en Barcelona?

En Madrid está prohibido por el art. 2.1.c de la Ordenanza de Publicidad Exterior. En Barcelona se permite a menos de 100 m del local anunciado, a más de 50 m de accesos al transporte público, con fianza y material reciclable.

¿Tienes una acción que necesita permiso?

Cuéntanos formato, ciudad y fechas y te decimos qué hace falta, cuánto tarda y si es autorizable.

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