Ocupación de vía pública en Santa Cruz de Tenerife para acciones promocionales
Qué hay que pedir en Santa Cruz de Tenerife para montar un stand o un photocall, hacer sampling o repartir publicidad en la calle: quién lo autoriza, con cuánta antelación, qué tasa se paga y qué dice la normativa local. Datos sacados de la sede electrónica y de las ordenanzas del Ayuntamiento.
Esta página trata de acciones de marketing y eventos en la calle. Si necesitas ocupar la vía pública con un contenedor, un andamio o una mudanza, el trámite suele ser otro: búscalo en la sede del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
El trámite en Santa Cruz de Tenerife, de un vistazo
| Quién lo autoriza | Servicio de Patrimonio (resuelve la Concejalía de Hacienda y Patrimonio). Los cortes y reservas de estacionamiento van por el Servicio de Movilidad y Accesibilidad Universal. |
|---|---|
| Trámite | Autorización ocupación dominio público para Eventos sin instalaciones |
| Antelación | Las fichas de Patrimonio (t532, t528, t531) no fijan antelación: se puede presentar todo el año. Si hay corte de tráfico o reserva de estacionamiento (ficha t535 de Movilidad), 20 días hábiles como mínimo. |
| Si no contestan | Negativo (t532, con 3 meses para resolver; también negativo en t535). |
| Ordenanza de ocupación | Ordenanza Municipal de Policía y Buen Gobierno (BOP 26-09-1986), arts. 75, 77, 79, 80, 81, 84, 87 y 126 |
| Ordenanza de publicidad | Ordenanza Municipal Reguladora de la Publicidad Exterior (BOP n.º 54, 5-05-2021) |
| Tasa | Ordenanza Fiscal de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Municipal. En el texto de 2018 publicado en la sede, los rodajes y espectáculos publicitarios o comerciales pagan por m² y día, incluidos vehículos y carpas; se liquida con la ordenanza vigente. Las fichas t532 (eventos sin instalaciones) y t531 (unidades móviles en acera) indican que no hay tasa; la t528 (banderolas y estructuras publicitarias) remite a la ordenanza fiscal. |
| Contacto del servicio | Servicio 010: 922 606 010, de lunes a viernes de 8:00 a 15:00. |
¿Se puede repartir publicidad en la calle en Santa Cruz de Tenerife?
La Ordenanza de gestión de residuos y limpieza de espacios públicos (BOP n.º 155, 26-12-2022; en vigor desde el 18-01-2023) prohíbe «arrojar a la vía pública toda clase de octavillas, panfletos o materiales publicitarios similares» y colocarlas en vehículos estacionados, mobiliario urbano, árboles, vallados o paredes, salvo en lugares habilitados o autorizados (art. 38.11). No prohíbe expresamente la entrega en mano.
Documentación que suelen pedir
- Solicitud (impreso «Autorización Ocupación de Dominio Público», con casillas por tipo: banderolas, estructuras publicitarias, rodajes o reportajes fotográficos, mesas informativas, unidades móviles en acera, eventos sin instalaciones, otros)
- Póliza del seguro de responsabilidad civil
- Memoria del proyecto
- Acreditación de la representación, si se presenta como representante
Particularidades de Santa Cruz de Tenerife
- La sede tiene fichas separadas por tipo de ocupación: eventos sin instalaciones (t532), banderolas y estructuras publicitarias (t528), rodajes o reportajes fotográficos (t529), mesas informativas y petitorias (t530) y unidades móviles en acera (t531).
- La Ordenanza de Publicidad Exterior prohíbe la publicidad sonora y los carteles u octavillas fijados sobre edificios, monumentos, viario o mobiliario urbano (art. 5).
- La publicidad en vehículos o remolques, en circulación o estacionados, queda fuera del ámbito de la Ordenanza de Publicidad Exterior (art. 3.h), que no la prohíbe.
- Si la acción corta el tráfico o reserva estacionamiento, se aplica además la ficha t535 de Movilidad: 20 días hábiles de antelación, con memoria, planos a escala y fotografía.
- Las ocupaciones en Carnaval o en las Fiestas de Mayo tienen convocatorias propias con plazos cerrados (t600, t590).
Cómo lo preparamos
Antes de presentar nada comprobamos si la acción encaja en la normativa de Santa Cruz de Tenerife: tipo de ocupación, superficie, paso libre para peatones, horario, sonido y si hay reparto. Después redactamos la memoria, dibujamos el plano de emplazamiento acotado sobre la calle real, reunimos el seguro y la representación de tu cliente, y lo presentamos por la sede electrónica. Si el Ayuntamiento pide más documentación, la preparamos y la aportamos dentro de plazo.
Más contexto en nuestras guías: qué es el permiso de ocupación de vía pública, cuánto cuesta y cuándo se puede repartir publicidad en la calle.
Preguntas frecuentes sobre Santa Cruz de Tenerife
¿Quién da el permiso para una acción promocional en la calle en Santa Cruz de Tenerife?
Servicio de Patrimonio (resuelve la Concejalía de Hacienda y Patrimonio). Los cortes y reservas de estacionamiento van por el Servicio de Movilidad y Accesibilidad Universal. El trámite se llama «Autorización ocupación dominio público para Eventos sin instalaciones».
¿Con cuánta antelación hay que pedirlo en Santa Cruz de Tenerife?
Las fichas de Patrimonio (t532, t528, t531) no fijan antelación: se puede presentar todo el año. Si hay corte de tráfico o reserva de estacionamiento (ficha t535 de Movilidad), 20 días hábiles como mínimo. Nosotros recomendamos presentar con más margen: si llega un requerimiento, hay que contestarlo antes del evento.
¿Se puede repartir publicidad en la calle en Santa Cruz de Tenerife?
La Ordenanza de gestión de residuos y limpieza de espacios públicos (BOP n.º 155, 26-12-2022; en vigor desde el 18-01-2023) prohíbe «arrojar a la vía pública toda clase de octavillas, panfletos o materiales publicitarios similares» y colocarlas en vehículos estacionados, mobiliario urbano, árboles, vallados o paredes, salvo en lugares habilitados o autorizados (art. 38.11). No prohíbe expresamente la entrega en mano.
¿Cuánto cuesta la tasa de ocupación de vía pública en Santa Cruz de Tenerife?
Ordenanza Fiscal de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Municipal. En el texto de 2018 publicado en la sede, los rodajes y espectáculos publicitarios o comerciales pagan por m² y día, incluidos vehículos y carpas; se liquida con la ordenanza vigente. Las fichas t532 (eventos sin instalaciones) y t531 (unidades móviles en acera) indican que no hay tasa; la t528 (banderolas y estructuras publicitarias) remite a la ordenanza fiscal.
¿Os encargáis de todo el expediente en Santa Cruz de Tenerife?
Sí: estudiamos si la acción es autorizable en Santa Cruz de Tenerife, preparamos memoria, planos acotados y la documentación que pida el Ayuntamiento, lo presentamos en representación de tu cliente y contestamos los requerimientos hasta la resolución. La decisión final es siempre municipal.
Fuentes oficiales consultadas
- sede.santacruzdetenerife.es · https://sede.santacruzdetenerife.es/sede/tramite/t532
- sede.santacruzdetenerife.es · https://sede.santacruzdetenerife.es/sede/tramite/t528
- sede.santacruzdetenerife.es · https://sede.santacruzdetenerife.es/sede/tramite/t531
- sede.santacruzdetenerife.es · https://sede.santacruzdetenerife.es/sede/tramite/t535
- sede.santacruzdetenerife.es · https://sede.santacruzdetenerife.es/fileadmin/user_upload/Sede/tramites/Ocupacion_via_publ…
- sede.santacruzdetenerife.es · https://sede.santacruzdetenerife.es/sede/normativa/n667
- sede.santacruzdetenerife.es · https://sede.santacruzdetenerife.es/fileadmin/user_upload/Sede/normativas/Ordenanzas_munic…
- sede.santacruzdetenerife.es · https://sede.santacruzdetenerife.es/sede/normativa/n664
- sede.santacruzdetenerife.es · https://sede.santacruzdetenerife.es/fileadmin/user_upload/Sede/normativas/Ordenanzas_munic…
- sede.santacruzdetenerife.es · https://sede.santacruzdetenerife.es/fileadmin/user_upload/Sede/normativas/Ordenanzas_fisca…
Revisado el 28 de septiembre de 2026. Las ordenanzas cambian: si ves algo desactualizado, escríbenos.
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