Ocupación de vía pública en San Sebastián para acciones promocionales
Qué hay que pedir en San Sebastián para montar un stand o un photocall, hacer sampling o repartir publicidad en la calle: quién lo autoriza, con cuánta antelación, qué tasa se paga y qué dice la normativa local. Datos sacados de la sede electrónica y de las ordenanzas del Ayuntamiento y de nuestros propios expedientes.
Esta página trata de acciones de marketing y eventos en la calle. Si necesitas ocupar la vía pública con un contenedor, un andamio o una mudanza, el trámite suele ser otro: búscalo en la sede del Ayuntamiento de San Sebastián.
El trámite en San Sebastián, de un vistazo
| Quién lo autoriza | Servicio de Uso del Espacio Público (Dirección de Mantenimiento y Servicios Urbanos). |
|---|---|
| Trámite | Autorización para ocupar la vía pública con actividades, eventos,... (código BIJAES) |
| Antelación | 10 días hábiles para eventos y actividades simples; 3 meses si hay instalaciones o estructuras fijas, eventuales, portátiles o desmontables (art. 30 de la Ordenanza de ocupaciones). |
| Si no contestan | Negativo como regla general. La ficha lo da por positivo a los 10 días hábiles en actividades sin instalaciones y a los 3 meses con instalaciones, siempre que la documentación esté completa y se presente en plazo. |
| Ordenanza de ocupación | Ordenanza municipal reguladora de las ocupaciones en los espacios de dominio y uso público (BOG nº 63, 2-4-2019) |
| Ordenanza de publicidad | Ordenanza municipal sobre el civismo, el uso y la limpieza en la vía pública y la protección del paisaje urbanos (arts. 42 y 43, publicidad y carteles) |
| Tasa | Ordenanza fiscal de tasas por la ocupación del dominio público municipal (anexo vigente desde el 1-1-2026). Según el tipo de ocupación, 3,79 €/m² y día o la tarifa de la categoría de la calle. Solo se pide fianza en casos concretos. |
| Contacto del servicio | 010 (gratuito desde Donostia) / +34 943 481 000; udalinfo@donostia.eus |
¿Se puede repartir publicidad en la calle en San Sebastián?
La Ordenanza de civismo considera octavillas los folletos, pegatinas y trípticos (art. 4.6) y prohíbe arrojarlas o depositarlas en la vía pública (art. 19.1). Si se arrojan, el Ayuntamiento limpia la zona y cobra el coste a los responsables (art. 19.2).
Documentación que suelen pedir
- Formulario específico de solicitud (obligatorio)
- Plano de la actividad con ubicación y distribución de los elementos
- Programa de actividades, si lo hay
- Certificado del seguro de responsabilidad civil con cobertura para actividades en la vía pública
- Dossier complementario (plantilla municipal)
- Necesidades asociadas: reserva de aparcamiento o acceso con vehículo
- Acreditación de la representación (formulario o Registro de representantes)
Particularidades de San Sebastián
- La ficha nombra expresamente «stands, mesas informativas, captación de socios/as» como actividades de pequeña entidad.
- La autorización es discrecional (art. 29.4) y tienen prioridad absoluta las ocupaciones de los propios servicios municipales (art. 31.2).
- Se deniegan los stands con «finalidad esencialmente promocional y publicitaria sin razones de interés general que justifiquen el uso privativo».
- En la práctica, el Ayuntamiento resuelve en torno a 10 días.
- Ocupar con vehículo o hacer accesos puntuales es otro trámite (https://www.donostia.eus/es/l/1430436).
Lo que hemos visto en San Sebastián
En julio de 2026 el Ayuntamiento de Donostia denegó en solo diez días una acción con stand y photocall en una plaza peatonal. El motivo: «actividad con finalidad esencialmente promocional y publicitaria», sin razones de interés general que justifiquen el uso privativo del espacio público. Es una denegación de fondo, no un defecto de papeles.
Antes ya habíamos tenido que cambiar la ubicación: la calle inicial tenía aceras de unos 2,5 m y un stand de 4×4 no dejaba el itinerario peatonal accesible de 1,80 m que exige la normativa de accesibilidad (hoy la Orden TMA/851/2021, que sustituyó a la VIV/561/2010). En Donostia, una acción puramente comercial en la calle tiene muy difícil encaje; conviene valorar antes un espacio privado con visibilidad a la calle.
Cómo lo preparamos
Antes de presentar nada comprobamos si la acción encaja en la normativa de San Sebastián: tipo de ocupación, superficie, paso libre para peatones, horario, sonido y si hay reparto. Después redactamos la memoria, dibujamos el plano de emplazamiento acotado sobre la calle real, reunimos el seguro y la representación de tu cliente, y lo presentamos por la sede electrónica. Si el Ayuntamiento pide más documentación, la preparamos y la aportamos dentro de plazo.
Más contexto en nuestras guías: qué es el permiso de ocupación de vía pública, cuánto cuesta y cuándo se puede repartir publicidad en la calle.
Preguntas frecuentes sobre San Sebastián
¿Quién da el permiso para una acción promocional en la calle en San Sebastián?
Servicio de Uso del Espacio Público (Dirección de Mantenimiento y Servicios Urbanos). El trámite se llama «Autorización para ocupar la vía pública con actividades, eventos,... (código BIJAES)».
¿Con cuánta antelación hay que pedirlo en San Sebastián?
10 días hábiles para eventos y actividades simples; 3 meses si hay instalaciones o estructuras fijas, eventuales, portátiles o desmontables (art. 30 de la Ordenanza de ocupaciones). Nosotros recomendamos presentar con más margen: si llega un requerimiento, hay que contestarlo antes del evento.
¿Se puede repartir publicidad en la calle en San Sebastián?
La Ordenanza de civismo considera octavillas los folletos, pegatinas y trípticos (art. 4.6) y prohíbe arrojarlas o depositarlas en la vía pública (art. 19.1). Si se arrojan, el Ayuntamiento limpia la zona y cobra el coste a los responsables (art. 19.2).
¿Cuánto cuesta la tasa de ocupación de vía pública en San Sebastián?
Ordenanza fiscal de tasas por la ocupación del dominio público municipal (anexo vigente desde el 1-1-2026). Según el tipo de ocupación, 3,79 €/m² y día o la tarifa de la categoría de la calle. Solo se pide fianza en casos concretos.
¿Os encargáis de todo el expediente en San Sebastián?
Sí: estudiamos si la acción es autorizable en San Sebastián, preparamos memoria, planos acotados y la documentación que pida el Ayuntamiento, lo presentamos en representación de tu cliente y contestamos los requerimientos hasta la resolución. La decisión final es siempre municipal.
Fuentes oficiales consultadas
- donostia.eus · https://www.donostia.eus/es/l/1431301
- donostia.eus · https://www.donostia.eus/info/udalinfo/Tramites.nsf/vTramites/B7C547847186AC17C1258241002B…
- donostia.eus · https://www.donostia.eus/secretaria/normunicipal.nsf/vListadoId/6DB45D4C453EDB72C12583D000…
- donostia.eus · https://www.donostia.eus/secretaria/normunicipal.nsf/vListadoId/6DB45D4C453EDB72C12583D000…
- donostia.eus · https://www.donostia.eus/secretaria/normunicipal.nsf/vListadoId/1385558635B3AD06C1256F2600…
- donostia.eus · https://www.donostia.eus/Ordenanzas.nsf/vListadoId/5A7F8DA5BCE79A94C1258CAF002BE925?OpenDo…
- donostia.eus · https://www.donostia.eus/es/espacios-publicos/autorizaciones
Revisado el 28 de septiembre de 2026. Las ordenanzas cambian: si ves algo desactualizado, escríbenos.
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