Inicio › Ciudades › Málaga
Málaga

Ocupación de vía pública en Málaga para acciones promocionales

Qué hay que pedir en Málaga para montar un stand o un photocall, hacer sampling o repartir publicidad en la calle: quién lo autoriza, con cuánta antelación, qué tasa se paga y qué dice la normativa local. Datos sacados de la sede electrónica y de las ordenanzas del Ayuntamiento y de nuestros propios expedientes.

Esta página trata de acciones de marketing y eventos en la calle. Si necesitas ocupar la vía pública con un contenedor, un andamio o una mudanza, el trámite suele ser otro: búscalo en la sede del Ayuntamiento de Málaga.

El trámite en Málaga, de un vistazo

Quién lo autorizaNegociado de Ferias y Eventos (Servicio de Mercados Municipales y Vía Pública, Área de Comercio y Vía Pública). Autoriza la Junta de Gobierno Local o por delegación.
TrámiteAutorización de actividades ocasionales en la vía pública
AntelaciónCampañas publicitarias, comerciales o informativas (tipo a): 10 días antes. Actividades recreativas o espectáculos (tipo b) y deportivas (tipo c): 30 días antes (art. 15 de la Ordenanza de Ocupación de la Vía Pública).
Ordenanza de ocupaciónOrdenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública (Pleno 5-6-2018, BOP Málaga nº 129 de 5-7-2018), Título V «Actividades ocasionales en la vía pública»
Ordenanza de publicidadOrdenanza de Rótulos e Instalaciones Publicitarias (BOP Málaga nº 31 de 13-2-2024)
TasaOrdenanza Fiscal nº 10 (versión publicada como «10/2022»), art. 13, por m² y día según la categoría de la calle. Tarifa 9, stands o expositores móviles comerciales: A 44,17 €; B 32,57 €; C 20,98 €; D 9,38 €. Tarifa 11, vehículos promocionales: 599,12 € al día. La categoría A es el Centro Histórico dentro del perímetro del art. 6, más el Paseo del Parque.
Contacto del servicioNegociado de Ferias y Eventos: 951 928 655, fax 951 926 545, viapublica@malaga.eu, de 9:00 a 13:30. Edificio Múltiple de Servicios Municipales, Paseo de Antonio Machado, 12.

¿Se puede repartir publicidad en la calle en Málaga?

Dos ordenanzas no dicen lo mismo. La de Convivencia Ciudadana (art. 52.1) prohíbe el reparto de publicidad comercial en la vía pública y solo admite el político, sindical, recreativo, cultural o similar. La de Limpieza de Espacios Públicos (art. 32) lo regula: aviso previo a los servicios de limpieza, distribuidora identificada en cada folleto con aviso de no tirarlo, sin esparcir octavillas ni ponerlas en coches aparcados. Conviene consultarlo con el Ayuntamiento antes de planificar un reparto.

Documentación que suelen pedir

  • Solicitud de actividad ocasional (formulario del tipo a); en su anverso figura la documentación obligatoria
  • Modelo A: seguro de responsabilidad civil
  • Modelo B: capacidad de obrar
  • Modelo C: prevención de riesgos laborales
  • Modelo D: mantenimiento de la limpieza del espacio público
  • Declaración responsable con certificado de implantación y, en su caso, certificado de persistencia
  • Declaración jurada de conocimiento y cumplimiento de las normas sanitarias, si procede
  • Ubicación, superficie, elementos que se van a instalar y fechas de celebración, montaje y desmontaje (art. 17.1)

Particularidades de Málaga

  • Las personas jurídicas tramitan con certificado digital. Solo las personas físicas pueden presentar en papel.
  • Para las campañas publicitarias (tipo a), la resolución llega antes de que empiece la actividad; para los tipos b) y c), al menos 5 días hábiles antes.
  • El Centro Histórico es Zona de Especial Protección restringida al tráfico. Para entrar con un vehículo de montaje hace falta otro trámite de Movilidad (id 2035), con silencio desestimatorio.
  • La Junta de Gobierno Local puede limitar de forma motivada ciertas actividades (art. 16.6), y la Policía Local puede suspender el evento si no hay autorización (art. 16.5).
  • La publicidad en vehículos en circulación y con las autorizaciones pertinentes no necesita licencia urbanística (art. 3.2 de la Ordenanza de Rótulos).

Lo que hemos visto en Málaga

En junio de 2026 conseguimos la autorización para 16 m² en la calle Marqués de Larios durante tres días (carro promocional y photocall, de 10:00 a 20:00 y sin aparatos de sonido). Antes hubo un requerimiento de subsanación: pedían la conformidad con la tasa, el recibo del seguro de responsabilidad civil y un compromiso de limpieza.

Dos datos que conviene saber: la tasa fue de 2.062,38 € por los tres días, porque Larios es una calle de categoría alta, y la carta de pago puede llegar incluso después del evento. Y meter una furgoneta de montaje en el Centro Histórico no lo cubre la ocupación: es un trámite aparte de Movilidad, con silencio desestimatorio, que nos denegaron por falta de antelación y hubo que resolver con Policía Local.

Cómo lo preparamos

Antes de presentar nada comprobamos si la acción encaja en la normativa de Málaga: tipo de ocupación, superficie, paso libre para peatones, horario, sonido y si hay reparto. Después redactamos la memoria, dibujamos el plano de emplazamiento acotado sobre la calle real, reunimos el seguro y la representación de tu cliente, y lo presentamos por la sede electrónica. Si el Ayuntamiento pide más documentación, la preparamos y la aportamos dentro de plazo.

Más contexto en nuestras guías: qué es el permiso de ocupación de vía pública, cuánto cuesta y cuándo se puede repartir publicidad en la calle.

Preguntas frecuentes sobre Málaga

¿Quién da el permiso para una acción promocional en la calle en Málaga?

Negociado de Ferias y Eventos (Servicio de Mercados Municipales y Vía Pública, Área de Comercio y Vía Pública). Autoriza la Junta de Gobierno Local o por delegación. El trámite se llama «Autorización de actividades ocasionales en la vía pública».

¿Con cuánta antelación hay que pedirlo en Málaga?

Campañas publicitarias, comerciales o informativas (tipo a): 10 días antes. Actividades recreativas o espectáculos (tipo b) y deportivas (tipo c): 30 días antes (art. 15 de la Ordenanza de Ocupación de la Vía Pública). Nosotros recomendamos presentar con más margen: si llega un requerimiento, hay que contestarlo antes del evento.

¿Se puede repartir publicidad en la calle en Málaga?

Dos ordenanzas no dicen lo mismo. La de Convivencia Ciudadana (art. 52.1) prohíbe el reparto de publicidad comercial en la vía pública y solo admite el político, sindical, recreativo, cultural o similar. La de Limpieza de Espacios Públicos (art. 32) lo regula: aviso previo a los servicios de limpieza, distribuidora identificada en cada folleto con aviso de no tirarlo, sin esparcir octavillas ni ponerlas en coches aparcados. Conviene consultarlo con el Ayuntamiento antes de planificar un reparto.

¿Cuánto cuesta la tasa de ocupación de vía pública en Málaga?

Ordenanza Fiscal nº 10 (versión publicada como «10/2022»), art. 13, por m² y día según la categoría de la calle. Tarifa 9, stands o expositores móviles comerciales: A 44,17 €; B 32,57 €; C 20,98 €; D 9,38 €. Tarifa 11, vehículos promocionales: 599,12 € al día. La categoría A es el Centro Histórico dentro del perímetro del art. 6, más el Paseo del Parque.

¿Os encargáis de todo el expediente en Málaga?

Sí: estudiamos si la acción es autorizable en Málaga, preparamos memoria, planos acotados y la documentación que pida el Ayuntamiento, lo presentamos en representación de tu cliente y contestamos los requerimientos hasta la resolución. La decisión final es siempre municipal.

Fuentes oficiales consultadas

  • sede.malaga.eu · https://sede.malaga.eu/es/tramitacion/comercio-y-consumo/detalle-del-tramite/index.html?id…
  • malaga.eu · https://www.malaga.eu/visorcontenido/NRMDocumentDisplayer/713/DocumentoNormativa713
  • malaga.eu · https://www.malaga.eu/visorcontenido/NRMDocumentDisplayer/756/DocumentoNormativa756
  • malaga.eu · https://www.malaga.eu/el-ayuntamiento/normativa-municipal/ordenanzas-fiscales/
  • malaga.eu · https://www.malaga.eu/el-ayuntamiento/organizacion-municipal/areas-de-gobierno/index.html?…
  • static.malaga.es · https://static.malaga.es/malaga/subidas/descargas/archivos/9/4/225249/ordenanza-general-de…
  • malaga.eu · https://www.malaga.eu/visorcontenido/NRMDocumentDisplayer/733/DocumentoNormativa733
  • malaga.eu · https://www.malaga.eu/visorcontenido/NRMDocumentDisplayer/773/DocumentoNormativa773
  • sede.malaga.eu · https://sede.malaga.eu/es/tramitacion/movilidad/detalle-del-tramite/index.html?id=2035&tip…

Revisado el 28 de septiembre de 2026. Las ordenanzas cambian: si ves algo desactualizado, escríbenos.

¿Una acción en Málaga?

Cuéntanos formato, fechas y ubicación y te decimos si es autorizable en Málaga, qué plazo hay y cuánto costará.

Sube tu acción

o escríbenos a info@ohbranding.es