Ocupación de vía pública en Almería para acciones promocionales
Qué hay que pedir en Almería para montar un stand o un photocall, hacer sampling o repartir publicidad en la calle: quién lo autoriza, con cuánta antelación, qué tasa se paga y qué dice la normativa local. Datos sacados de la sede electrónica y de las ordenanzas del Ayuntamiento.
Esta página trata de acciones de marketing y eventos en la calle. Si necesitas ocupar la vía pública con un contenedor, un andamio o una mudanza, el trámite suele ser otro: búscalo en la sede del Ayuntamiento de Almería.
El trámite en Almería, de un vistazo
| Quién lo autoriza | Delegación de Área de Seguridad y Movilidad (Unidad de Administración y Concesiones). |
|---|---|
| Trámite | Ocupaciones Vía Pública con Autobuses o Unidades Móviles de Campañas Informativas |
| Antelación | Camiones publicitarios y unidades móviles: la ficha de la sede pide 30 días naturales como mínimo y el documento de requisitos de la misma ficha, 15 días hábiles. Conviene presentar con 30 días naturales. Mesas y carpas informativas de hasta 3x3 m (solo entidades sin ánimo de lucro): 15 días naturales. |
| Si no contestan | Negativo en las fichas de ocupación de la vía pública. |
| Ordenanza de ocupación | Ordenanza General de Tráfico, Transporte, Circulación y Ocupación de Espacios Públicos de la Ciudad de Almería (BOP 14-05-2004), Título 6.º, arts. 106 a 111 |
| Tasa | Ordenanza Fiscal n.º 28 (BOP n.º 136 de 16-07-2024), con tarifas por m² o fracción y día, como la de ferias, exhibiciones comerciales y similares (5.4). Las fichas de la sede aún muestran una tabla antigua por categoría de calle; la cuota se liquida con la ordenanza vigente. La tasa se paga tras la valoración favorable. |
| Contacto del servicio | Ayuntamiento de Almería: 950 210 000, ayto@aytoalmeria.es |
¿Se puede repartir publicidad en la calle en Almería?
La Ordenanza de Limpieza de Espacios Públicos y Recogida de Residuos (BOP n.º 56 de 23-03-2017, modificada en 2019 y 2022) prohíbe esparcir o tirar octavillas en la vía pública y colocarlas en vehículos estacionados (art. 21). De la suciedad responden solidariamente el anunciante y la empresa de reparto. No prohíbe expresamente la entrega en mano.
Documentación que suelen pedir
- Solicitud general de registro con datos de la empresa y del representante
- Fotocopia del CIF de la empresa, poder de representación y DNI del representante
- Memoria detallada de la campaña: lugar, fecha, horario y demás información
- Plano de ubicación con los elementos a instalar
- Vehículo: especificaciones técnicas, ficha técnica con ITV en vigor, permiso de circulación y seguro con recibo en vigor
- Seguro de responsabilidad civil de la empresa con recibo en vigor
- Tras la valoración favorable: carta de pago de la tasa (Ordenanza Fiscal n.º 28)
Particularidades de Almería
- Los camiones publicitarios y unidades móviles se colocan en zonas de aparcamiento que no afecten al tránsito. En el centro, la ubicación indicada es el Parque de las Almadrabillas, junto a la pérgola del Centro de Actividades Náuticas.
- Las mesas y carpas informativas de hasta 3x3 m solo se autorizan a asociaciones, ONG y partidos, sin actividad comercial ni consumo de comida o bebida.
- Las ocupaciones medianas y grandes sin actividad comercial exigen proyecto de instalación y certificado de solidez visados, además de un seguro de RC de espectáculos.
- El titular debe limpiar la zona afectada, y está prohibido pegar carteles e instalar pancartas fuera de los lugares habilitados (art. 109 de la Ordenanza de Tráfico y Ocupación).
Cómo lo preparamos
Antes de presentar nada comprobamos si la acción encaja en la normativa de Almería: tipo de ocupación, superficie, paso libre para peatones, horario, sonido y si hay reparto. Después redactamos la memoria, dibujamos el plano de emplazamiento acotado sobre la calle real, reunimos el seguro y la representación de tu cliente, y lo presentamos por la sede electrónica. Si el Ayuntamiento pide más documentación, la preparamos y la aportamos dentro de plazo.
Más contexto en nuestras guías: qué es el permiso de ocupación de vía pública, cuánto cuesta y cuándo se puede repartir publicidad en la calle.
Preguntas frecuentes sobre Almería
¿Quién da el permiso para una acción promocional en la calle en Almería?
Delegación de Área de Seguridad y Movilidad (Unidad de Administración y Concesiones). El trámite se llama «Ocupaciones Vía Pública con Autobuses o Unidades Móviles de Campañas Informativas».
¿Con cuánta antelación hay que pedirlo en Almería?
Camiones publicitarios y unidades móviles: la ficha de la sede pide 30 días naturales como mínimo y el documento de requisitos de la misma ficha, 15 días hábiles. Conviene presentar con 30 días naturales. Mesas y carpas informativas de hasta 3x3 m (solo entidades sin ánimo de lucro): 15 días naturales. Nosotros recomendamos presentar con más margen: si llega un requerimiento, hay que contestarlo antes del evento.
¿Se puede repartir publicidad en la calle en Almería?
La Ordenanza de Limpieza de Espacios Públicos y Recogida de Residuos (BOP n.º 56 de 23-03-2017, modificada en 2019 y 2022) prohíbe esparcir o tirar octavillas en la vía pública y colocarlas en vehículos estacionados (art. 21). De la suciedad responden solidariamente el anunciante y la empresa de reparto. No prohíbe expresamente la entrega en mano.
¿Cuánto cuesta la tasa de ocupación de vía pública en Almería?
Ordenanza Fiscal n.º 28 (BOP n.º 136 de 16-07-2024), con tarifas por m² o fracción y día, como la de ferias, exhibiciones comerciales y similares (5.4). Las fichas de la sede aún muestran una tabla antigua por categoría de calle; la cuota se liquida con la ordenanza vigente. La tasa se paga tras la valoración favorable.
¿Os encargáis de todo el expediente en Almería?
Sí: estudiamos si la acción es autorizable en Almería, preparamos memoria, planos acotados y la documentación que pida el Ayuntamiento, lo presentamos en representación de tu cliente y contestamos los requerimientos hasta la resolución. La decisión final es siempre municipal.
Fuentes oficiales consultadas
- sede.aytoalmeria.es · https://sede.aytoalmeria.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=CATALOGO&DETA…
- sede.aytoalmeria.es · https://sede.aytoalmeria.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=CATALOGO&DETA…
- sede.aytoalmeria.es · https://sede.aytoalmeria.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=CATALOGO&DETA…
- sede.aytoalmeria.es · https://sede.aytoalmeria.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=CATALOGO
- almeriaciudad.es · https://almeriaciudad.es/normas-municipales
- almeriaciudad.es · https://almeriaciudad.es/uploads/normativas/2024-05/22.-ordenanza-municipal-de-limpieza-de…
- almeriaciudad.es · https://almeriaciudad.es/uploads/normativas/2024-09/28.-puestos_barracas_casetas.pdf
Revisado el 28 de septiembre de 2026. Las ordenanzas cambian: si ves algo desactualizado, escríbenos.
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